El Tribunal Electoral federal (TEPJF) determinó que los candidatos independientes pueden recibir financiamiento privado hasta por 50 por ciento del tope de gastos de campaña y ordenó que este criterio prevalezca con carácter de jurisprudencia.
Los ministros resolvieron así la contradicción de criterios promovida por el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, en relación con las estipulaciones adoptadas tanto por la Sala Superior como por la Sala Regional Guadalajara.
Ambos se relacionan al juicio sobre la aplicación del límite al financiamiento privado a los candidatos independientes en Chihuahua, establecido en el artículo 228 de la Ley Estatal Electoral.
El proyecto presentado por el magistrado Salvador Nava Gomar, estableció que el criterio que debe prevalecer es el adoptado por la Sala Superior, toda vez que privilegia y respeta la libertad configurativa de la ley local.
Esto, con relación a la manera de regular el financiamiento al que pueden acceder los candidatos independientes y que genera condiciones de equidad, en cuanto al tope de financiamiento privado al que deben ajustarse los candidatos independientes.
En ese sentido, el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó que debe prevalecer, con carácter de jurisprudencia, el criterio del rubro “Financiamiento privado para candidatos independientes. El límite del 50 por ciento del tope de gastos de campaña es constitucional.