Las diputadas, diputade y diputados locales de la LXII Legislatura mexiquense analizarán en comisiones tres iniciativas enviadas por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez en materia de cuidado ambiental, con las cuales se busca mejorar la disposición de residuos sólidos y sancionar a quienes usen dispositivos para inducir la modificación atmosférica del ciclo hidrológico, y a quien otorgue de forma gratuita productos plásticos de un solo uso en unidades económicas.
La Diputación Permanente, presidida por la legisladora Alejandra Figueroa Adame (PVEM), recibió las iniciativas para reformar el Código para la Biodiversidad estatal, las cuales se leyeron por los parlamentarios Isaac Josué Hernández Méndez(PT) y Jorge Jiménez Martínez (MC).
¿Qué plantean las iniciativas?
Estas iniciativas plantean incluir, en casos de reincidencia, sanciones administrativas de trabajo comunitario en materia de protección y preservación del ambiente, para quien arroje o abandone (en vía pública, áreas comunes, parques, barrancas y despoblados) residuos de cualquier especie, animales muertos o parte de ellos, residuos con sustancias tóxicas o peligrosas para la salud pública, o que despidan olores desagradables.
También prevén sanciones para quien arroje (en lotes baldíos, a cielo abierto o en cuerpos de aguas superficiales o subterráneas, sistemas de drenaje, alcantarillado o en fuentes públicas) residuos sólidos de cualquier especie; el depósito o confinamiento de residuos fuera de los sitios destinados para dicho fin en parques, áreas verdes, áreas de valor ambiental, áreas naturales protegidas, zonas rurales o áreas de conservación ecológica y otros lugares no autorizados; y todo acto u omisión que contribuya a la contaminación de las vías públicas y áreas comunes o que interfiera con la prestación del servicio de limpia.
Por otro lado, se plantean sanciones de hasta 55 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) (equivalente a 973 mil 500 pesos con el valor actual) para quien, sin contar con la autorización de las autoridades competentes, induzcan la modificación atmosférica del ciclo hidrológico, mediante el uso de tecnologías de alteración artificial del tiempo para la precipitación de las tormentas.