El Gobierno del Estado de México podría contar con un recurso económico adicional para atender la actual emergencia sanitaria, puesto que podría echar mano de los 100 millones de pesos etiquetados para el Fondo para la Atención de los Desastres Siniestros Ambientales o Antropogénicos, previsto en el artículo 23 del Presupuesto de Egresos del Estado de México para el ejercicio fiscal de 2020.
Dicho fondo es un instrumento que establece los mecanismos para apoyar a los habitantes del estado, cuando los daños ocasionados por fenómenos perturbadores superen la capacidad financiera y operativa de respuesta del estado, de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, así como para el financiamiento de acciones preventivas y de equipamiento.
“La política de protección civil ante desastres naturales y antropogénicos debe plantearse como uno de los objetivos primordiales de una Sociedad Protegida, para lo cual se debe partir de un enfoque integral que enfrente el problema desde dimensiones diferentes, como lo son la tipificación e identificación de los riesgos naturales y antropogénicos; la prevención de desastres, y el desarrollo de una capacidad de respuesta del gobierno estatal para que los costos humanos, sociales y económicos de un desastre sean los menores”, estipula el documento publicado en Gaceta de Gobierno al expedirse las Reglas de Operación del Fondo.
Dentro de los lineamientos, se estipula que la administración del Fondo estará bajo la responsabilidad del secretario General de Gobierno, Alejandro Ozuna Rivero; se establece que el recurso deberá atender a las personas que resulten afectadas de las emergencias o desastres provocados por fenómenos perturbadores de origen natural o antropogénico; y pudiera ejercerse para la adquisición de equipo especializado, entre ellos para la adquisición de instrumentos que permitan la transferencia de riesgos y aseguramiento de la infraestructura pública, con las instituciones que ofrezcan las mejores condiciones.
Fenómenos perturbadores de origen natural o antropogénico
El acuerdo refiere que los fenómenos perturbadores de origen natural y antropogénico se clasifican en: Geológicos (hundimientos, terremotos, deslizamientos), Hidrometeorológicos (inundaciones, sequías, heladas), Químico- Tecnológico (incendios, explosiones); Sanitario-Ecológico (epidemias, plagas, contaminación); y Socio-organizativo (concentraciones masivas de población, actos de sabotaje o terrorismo).
Por lo que el fenómeno de COVID-19 entraría dentro de la clasificación Sanitario-Ecológico, pudiendo destinarse parte o el total de los 100 millones estipulados para el fondo.
Junto con la emisión de las reglas de operación, se dará paso a formar el Comité de Evaluación de daños y ejecución de recursos, mismo que estará conformado de manera permanente por los titulares de la Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Finanzas, de Agua y Obra Pública, Contraloría y la Coordinación Estatal de Protección Civil, y de manera no permanente por los titulares o representantes de las dependencias involucradas en la emergencia, que para este fin sería la Secretaría de Salud.