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El Trijaem impone 60 sanciones por faltas administrativas graves

Las sanciones que el Tribunal ha impuesto, van desde la inhabilitación temporal, la suspensión o el pago de una indemnización resarcitoria

El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), informó que derivado de las acciones iniciadas por su Unidad de Investigación, suman ya 60 sanciones impuestas por el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (TRIJAEM), a ex servidores públicos por la comisión de diversas responsabilidades administrativas graves.

La estadística acumulada con corte al 14 de mayo del presente año, refiere que 37 han sido sancionados por abuso de funciones, 20 por el desvío de recursos públicos, dos por cohecho y uno por peculado.

En la lista hecha pública por el OSFEM, se muestra que la gran mayoría de los sujetos sancionados son ex servidores municipales, dentro de los cuales figuran 16, quienes fungieron como presidentes municipales de los ayuntamientos: Otzolotepec, Tonanitla, Teotihuacán, Tequixquiac, Teoloyucan, Hueypoxtla, Nopaltepec, Papalotla, Juchitepec, Chiconcuac y de San Felipe del Progreso.

Además figuran síndicos, regidores y tesoreros, contralores internos, directores de obras públicas, así como personal de DIF municipales, Institutos de Cultura Física y Deporte, del Tecnológico de Estudios Superiores de Coacalco y de la Universidad Politécnica de Chimalhuacán.

Respecto al tipo de sanción que el Tribunal ha impuesto, va desde la inhabilitación temporal por tres meses, 10 y hasta 20 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones, la suspensión por 30 días, el pago de una indemnización resarcitoria que puede ir de los 5 mil 48 pesos hasta los 2 millones 800 mil pesos por un tema de abuso de funciones.

Es de referir que de acuerdo con el Artículo 83 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios, el Tribunal de Justicia Administrativa, determinará el pago de una indemnización cuando la falta administrativa grave haya provocado daños y perjuicios a la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al patrimonio de los entes públicos.

En dichos supuestos, el servidor público estará obligado a reparar la totalidad de los daños y perjuicios causados y las personas que en su caso también hayan obtenido un beneficio indebido serán solidariamente responsables.

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