La Secretaría del Bienestar del Estado de México, emitió ya las reglas de operación del Programa Mujeres con Bienestar, el cual suple al llamado “Salario Rosa”, se otorgará a las beneficiarias 2 mil 500 pesos hasta en dos ocasiones.
Dentro del documento hecho público en Gaceta de Gobierno se indica que el Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social (CIEPS), estima que para el año 2022 hay más de 2 millones 359 mil mujeres de 18 a 64 años de edad en situación de pobreza y 338 mil 510 mujeres en el mismo rango de edad se encuentran en pobreza extrema.
Ante este hecho, se refiere que la administración estatal 2023-2029, encabezada por Delfina Gómez Álvarez, reconoce indispensable salvaguardar los intereses del pueblo, favoreciendo la creación de programas sociales que ayuden a cerrar las brechas de la desigualdad que aquejan a las y los mexiquenses, por lo que Secretaría de Bienestar da paso al Programa de Desarrollo Social “Mujeres con Bienestar” que tiene como propósito contribuir a elevar el ingreso económico de las mujeres de 18 a 64 años de edad en condición de pobreza y carencia por acceso a la seguridad social que habitan en el Estado de México.
Se indica que el apoyo será otorgado a través de una transferencia de recursos monetarios, de manera bimestral, en una y hasta en dos ocasiones por la cantidad de 2 mil 500 pesos, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal autorizada.
Requisitos
Quienes aspiren a ser beneficiarios deberán cumplir con los criterios de selección y presentar copia y original para cotejo los siguientes documentos comprobatorios como: acta de nacimiento, identificación oficial vigente, Clave Única de Registro de Población (CURP), comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local y el Formato Único de Bienestar debidamente llenado, y deberán realizar su pre-registro en la página oficial de la Secretaría de Bienestar.
Además, se establece que se privilegiarán a las que sean madres solteras, indígenas, afromexicanas, las residentes en localidades con Alta y Muy Alta Marginación, con enfermedades crónico degenerativas, con discapacidad permanente, o cuiden a personas con discapacidad y sean víctimas u ofendidas de un delito, o repatriadas.