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Endurecen penalidad para quien cometa delitos de maltrato animal

 

Las comisiones de Legislación y Administración Municipal con Protección Ambiental y Cambio Climático aprobaron por unanimidad, el endurecer las penas a quien cometa delitos de maltrato animal y sancionarlos con hasta 4 años de prisión.   En este sentido, también avalaron que los ayuntamientos tengan la obligación de crear Unidades Municipales de Control y Bienestar Animal […]


Las comisiones de Legislación y Administración Municipal con Protección Ambiental y Cambio Climático aprobaron por unanimidad, el endurecer las penas a quien cometa delitos de maltrato animal y sancionarlos con hasta 4 años de prisión.  

En este sentido, también avalaron que los ayuntamientos tengan la obligación de crear Unidades Municipales de Control y Bienestar Animal para que participen activamente en el control poblacional de animales, a través de la esterilización quirúrgica tanto a los animales de compañía, como a los que se encuentran en situación de calle, abandonados o callejeros. 

En el Estado de México quien cause lesiones dolosas, realice actos eróticos o cometa abuso sexual contra animales recibirá penas de hasta cuatro años de prisión o hasta seis si el acto es fotografiado, videograbado y/o difundido.

Además, de acuerdo con la iniciativa de la diputada María Elizabeth Millán García, a quien cause la muerte no inmediata y prolongue la agonía de cualquier animal que no constituya plaga, se le impondrán de tres a seis años de prisión, que se incrementarán hasta en una mitad, es decir hasta nueve años, cuando el maltrato sea cometido por servidores públicos que tengan por encargo el manejo de animales. Además, se establecen multas por estos delitos que van de 26 mil 800 hasta más de 40 mil pesos.

Hasta 9 años de cárcel por venta de alcohol a menores

Los integrantes de la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia, comenzaron el análisis de la iniciativa que busca sancionar con hasta 9 años de prisión a quien venda alcohol a menores de edad, así como sancionar a quienes les permitan el ingreso  a cantinas, bares, pulquerías y centros nocturnos.  

La propuesta plantea la adición al artículo 204 del Código Penal estatal, estableciendo que se aplicarán hasta 9 años a quien venda o suministre bebidas alcohólicas a menores de edad, ya sea en envases cerrados, abiertos o para consumo por copeo; mientras que a quien permita directa o indirectamente el acceso de personas menores de edad a establecimientos dedicados a la venta de bebidas alcohólicas, como discotecas, bares, cantinas, pulquerías, centros nocturnos, centros de espectáculos, billares, centros de venta de cervezas o similares, se le aplicarán de 3 a 8 años de prisión y de 100 a 800 días multa.