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Inconstitucional criminalizar a mujer por aborto: SCJN

 

“Nunca más una mujer, ni una persona con capacidad de gestar, deberá ser juzgada penalmente por aborto”, aseguró el Ministro Presidente, Arturo Zaldívar


Con información de Guillermo Espinosa

Por unanimidad de diez votos a favor los Ministros del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron que es “inconstitucional la criminalización del aborto de manera absoluta”, además se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, “sin enfrentar consecuencias penales”.

El Ministro Presidente, Arturo Zaldívar, aseguró que con esta determinación este día es histórico para los derechos de todas las mujeres mexicanas, y las personas gestantes.

“A partir de hoy es un parte-aguas en la historia de los derechos de todas las mujeres sobre todo de las más vulnerables, con este criterio unánime del Tribunal Constitucional, no solo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión si no se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país”.

Con esto, a partir de esta decisión, el Ministro Presidente, advirtió que no se podrá procesar a mujer alguna que decida por el aborto en los supuestos que ha considerado validos el Tribunal Constitucional, sin violar el criterio de la SCJN, y la Constitución Mexicana.

“A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes pero sobre todo a las mujeres”.

Zaldívar Lelo de Larrea, reiteró que en este día se da un paso más en la lucha histórica por la igualdad, la dignidad y el pleno ejercicio de los derechos, de las mujeres.

“Este Tribunal Constitucional, demuestra una vez más, con los hechos y sus sentencias, que su único compromiso es con la Constitución y los Derechos Humanos”.

Momentos antes, el ministro ponente Luis María Aguilar Morales, destacó que el Pleno de la Suprema Corte, dio un paso histórico fundamental que repercutirá de manera directa en la vida de las mujeres mexicanas.

“Nunca más una mujer, ni una persona con capacidad de gestar, deberá ser juzgada penalmente, hoy se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir libremente su embarazo”.

Aguilar Morales, celebró la voluntad y disposición de sus homólogos en el salón de Plenos, para construir la propuesta, ya que de la deliberación colectiva con un discurso de derechos humanos, por encima de la diferencia de opiniones y criterios, se dio muestra de que juntos se puede sumar en favor de los derechos humanos de las mexicanas y los mexicanos.

“Por eso con esta decisión nuestro país, y este Tribunal Constitucional, elevan el rango de la protección de los Derechos Humanos a una de sus mayores extensiones”.

Es así como la Corte declaró la invalidez del artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila que establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto o a quien la hiciere abortar con el consentimiento de aquella, pues vulnera el derecho de la mujer y de las personas gestantes a decidir.

La Suprema Corte entendió que el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo, sin embargo, precisó que esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva.

“Por lo tanto, estableció el Pleno, que criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional”.