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Podrán las Personas Privadas de Libertad acceder a recursos para cubrir la reparación del daño a víctimas

 

No se apoya a los sentenciados por delitos que atentan contra la libertad sexual, contra menores de edad o delincuencia organizada


Buscando que las personas privadas de la libertad que no cuenten con los recursos económicos necesarios o con una red de apoyo familiar, puedan cubrir la reparación del daño a la o las víctimas, la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos del Estado de México operará este 2023 el Fondo de Reparación del Daño para que accedan al apoyo de manera gratuita.  

Son 15 millones de pesos los que contempla este fondo, que busca que las Personas Privadas de la Libertad puedan cubrir la reparación del daño y con ello, acceder a un beneficio de prelibertad, de libertad anticipada, amnistía, libertad condicionada, a un procedimiento abreviado, una remisión parcial de la pena o a un sustitutivo de la pena.  

Los lineamientos para el funcionamiento del fondo ya han sido públicos en Gaceta de Gobierno y establecidos por el Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, refiere que el esquema tiene como fin otorgar apoyos de manera gratuita a aquellas personas privadas de la libertad que estén sujetas al pago de un monto por concepto de reparación de daño a la víctima de uno o varios delitos.

Señala que podrán acceder a los beneficios, quienes tengan carencia de recursos económicos o de apoyo familiar, por lo que para garantizar esta condición, el Instituto se apoyará del Área de Trabajo Social para realizar los estudios socioeconómicos necesarios.  

El Fondo, se indica, será aplicable únicamente para el pago de reparación del daño a víctimas, cuyo pago no podrá exceder la cantidad de 300 mil pesos.  

Además, se precisa que no serán objeto de los beneficios quienes hayan sido sentenciados por delitos que atentan contra la libertad sexual, trata de personas, contra menores de edad, delincuencia organizada, secuestro, desaparición forzada, privación de libertad y feminicidio. 

“El procedimiento inicia con la solicitud que alguna persona privada de su libertad, presente junto con su representante legal ante alguna persona titular de las Direcciones Regionales del Instituto y que se encuentre en los supuestos previstos en estos Lineamientos para acceder al Fondo”, se indica.