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Por peyorativos, 98 personas solicitan cambio de nombre

 

El nombre que decidan los padres poner a sus hijos e hijas es una gran responsabilidad


En lo que va de la actual administración, 98 personas han solicitado ante el Registro Civil del Estado de México la modificación, cambio, ampliación o reducción de nombre, algunos por afectarles en su vida diaria, al ser víctimas de bullying.

La directora general del Registro Civil de la entidad, Sonia Janeth Cruz Miranda, informó a CAPITAL EDOMÉX que 18 de las modificaciones fueron por representar una afectación a la dignidad humana al ser peyorativos.

Los nombres más recurrentes por los cuales han solicitado cambio de nombre son: Lionel Messi, Alexa (por el dispositivo tecnológico), Teodoro, Dolores, Feliciano, Domingo, Homero y Penélope.

Por otra parte, 80 han solicitado el cambio del sustantivo propio, porque a lo largo de su vida se han sustentado con un nombre diferente al asentado en sus actas de nacimiento.

En este apartado, la directora comentó que comúnmente son las personas adultas mayores quienes solicitan esta modificación, puesto que en sus actas al estar en manuscrita contienen errores ortográficos, alguno de los más recurrentes es el contener en sus actas “Ma.” cuando en realidad debería ser “María”.

Por lo anterior, el Registro Civil mexiquense ha hecho un llamado a los padres de familia para que piensen bien el nombre que quieren asentar en las actas de sus hijos, para que en un futuro no les cause alguna afectación.

“El nombre que decidan los padres poner a sus hijos e hijas es una gran responsabilidad, decirles que piensen bien el nombre que les van a poner y que se acerquen a las oficinas del Registro Civil para que si ya les pusieron un nombre que les afecta, hagan la modificación, no tiene que ser vía judicial el cambio de nombre”, comentó.

*Requisitos*

Los requisitos para solicitar el trámite administrativo de modificación del sustantivo propio son los siguientes: los interesados deberán presentar su solicitud, la cual debe contener los argumentos, razonamientos y/o exposición de motivos del por qué requiere el cambio de nombre, así como firma y huella; copia certificada del acta de nacimiento; identificación oficial vigente de los interesados, así como documentos públicos y privados que sustenten el dicho de la o el solicitante

Una vez cumplidos estos requisitos, comentó que el oficial del Registro Civil levantará el acta de validación y remitirá en original y copia el expediente al Consejo Dictaminador, quien definirá las solicitudes que son procedentes, recordando que de septiembre de 2023 a julio de 2024, este Consejo ha sesionado en nueve ocasiones.