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Por tercer día consecutivo, se mantiene la Fase I de la Contingencia Ambiental

La Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que  se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la ZMVM y sus medidas.

Ello, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud, así como para reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el día de mañana.

¿Por qué se mantiene la contingencia?

La Comisión señaló que en el transcurso del día de hoy, ha persistido la influencia de un sistema de alta presión en la región central del país, que genera condiciones de estabilidad atmosférica fuerte, cielo despejado, radiación solar intensa y temperatura superior a los 30 °C.

La combinación de estos factores propició la formación de ozono, mientras el viento débil de dirección variable en el Valle de México ayudó a su acumulación, registrando a las 15:00 horas, concentraciones de 178 ppb en la estación Tlalnepantla (TLA) y 164 ppb en Atizapán (ATI), ubicadas en los municipios del mismo nombre, en el Estado de México.

Dichas concentraciones, superan el umbral para la activación de contingencias.

¿Qué autos no circulan mañana?

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último  dígito numérico sea  0, 1, 2, 4, 6 y 8
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa  1 y 2.
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

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