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Proponen tipificar el delito de amenazas

El Congreso Local busca sancionar con hasta 1 año de prisión o con una multa que irá de los 10 mil 374 pesos hasta los 18 mil 673, a quien amenace a otro para causar algún tipo de daño.  

La iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario de Morena busca adicionar al Código Penal del Estado de México diversas disposiciones que tipifiquen el delito de amenazas y definan las sanciones correspondientes, homologándolas con las establecidas por el Código Penal Federal. 

Lo anterior considerando que el Código Penal mexiquense no contempla en su cuerpo legal el delito de amenazas, sino que únicamente lo considera como una agravante de otros delitos como: resistencia; violencia ejercida a través de las tecnologías de la información y la comunicación; violencia familiar y de género; extorsión; feminicidio, y delitos cometidos por servidores públicos de la procuración y administración de justicia. 

Ante lo anterior, se plantea adicionar el artículo 222, 223 y 223Bis al Código Penal del Estado de México para estipular que se aplicará sanción de cinco días a un año de prisión o de 100 a 180 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien amenace a otro con causar u originar a él, a su familia o a otras personas con las que esté vinculado, algún tipo de daño o perjuicio.  

Además, se establecería que si el ofendido fuera alguna persona o pariente, se aumentará la pena que corresponda hasta una tercera parte; si el sujeto pasivo por la amenaza fuere víctima u ofendido o testigo en un procedimiento penal, la pena será de 4 a 8 años de prisión y de 100 a 300 días multa, y si el sujeto activo cumple su amenaza o exigió la comisión de un delito, se acumulará la sanción de ésta y la del delito que resulte. 

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