La Secretaría del Trabajo, emitió las reglas de operación del “Apoyo al Desempleo Formal”, programa que cuenta con una bolsa de 50 millones de pesos y cuyo fin es proporcionar a mayores de 18 años que hayan perdido en los últimos cuatro meses su empleo formal, un apoyo económico, de vinculación y orientación para la reincorporación al mercado laboral.
Dentro de las reglas de operación publicadas en Gaceta de Gobierno, se indica que de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el Estado de México cuenta con una tasa de desocupación de 4.5% al cierre de 2022, siendo la tasa más alta en comparación con las demás entidades federativas y se refiere que a nivel nacional, la recuperación laboral ha sido lenta, incompleta y desigual, reflejada en el crecimiento del empleo informal en un 67%.
“Las políticas nacionales y estatales requieren adaptarse a las condiciones, donde se tomen en cuenta las limitaciones que tendrá la política económica, el escenario económico internacional que exhibe un horizonte complejo con una recuperación moderada y heterogénea, propiciada por el conflicto bélico entre Rusia y Ucrania, el comportamiento de la inflación, y las políticas monetarias restrictivas en las economías son sólo algunos factores que incrementan riesgos en las perspectivas económicas de México y el mundo”, se indica.
Apoyo económico y en servicios
Serán dos tipos de apoyo los que se otorguen, el económico por hasta 3 mil pesos por única ocasión y en una sola exhibición de acuerdo con la disponibilidad presupuestal; y en servicios a través de la incorporación de los y las beneficiarias a un empleo en el sector formal de la economía, mediante la bolsa de trabajo, además, recibirán orientación sobre los programas sociales, de desarrollo económico y de fomento al empleo de carácter estatal.
Requisitos
Para acceder a este apoyo, se especifica que las personas deberán tener más de 18 años; habitar en la entidad; presentar condición de desempleado formal; entregar copia de identificación oficial vigente con fotografía; así como acreditar la baja del empleo formal mediante documento emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMYM), o cualquier otra institución de seguridad social, entre otros.
Las personas solicitantes, se indica, podrán realizar su registro de manera personal en las Oficinas Regionales de Empleo o módulos dependientes de la Dirección General de Empleo y Productividad de la Secretaría del Trabajo del Gobierno del Estado de México, recalcando que se priorizará a aquellos con una condición especial, con enfermedades crónico degenerativas, víctimas u ofendidas de un delito, repatriados; y cuidadoras de hijas e hijos menores de edad de mujeres privadas de su libertad por resolución judicial.