La empresa Uber se rebela contra la Ley, impugnó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la medida impuesta por la Secretaría de Movilidad del Estado de México, que exige a sus operadores realizarse exámenes toxicológicos.
Daniel Sibaja González, titular de esta Secretaría, detalló que el caso no ha avanzado por el paro que se registra en el Poder Judicial derivado a la reforma.
Sin embargo, apuntó, la nueva Ley de Movilidad es clara y se buscará que los operadores de las plataformas como Uber y Didi cumplan con la medida.
“Por qué a los conductores de taxis les pedimos un certificado toxicológico y a los de Uber o Didi no, eso ya está en la Ley, no ha entrado en vigor, porque Uber se amparó en la Suprema Corte Justicia, pero ya está en la Ley”, comentó.
En relación a los exámenes toxicológicos aplicados a los operadores del transporte público, dio a conocer que al menos el 20 por ciento no lo aprueban.
El alcohol y mariguana, son las principales sustancias que llegan a ser detectadas en este tipo de pruebas.
Fue el 21 de mayo del 2024 cuando entró en vigor la nueva Ley de Movilidad del Estado de México, en la cual se señala que las y los conductores dedicados al servicio de transporte privado por medio de aplicaciones, obtengan un certificado médico toxicológico.
Esto se puede identificar en el artículo transitorio Décimo Sexto: “En el caso de las personas que, a través de un contrato electrónico de transporte celebrado en términos del Código Civil del Estado de México, ofrece a un usuario un medio de traslado, siendo el prestador de servicios electrónicos el intermediario para tal fin, mediante una aplicación electrónica tecnológica; deberán obtener su certificado médico toxicológico en un término que no exceda de ciento ochenta días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley”.