Por unanimidad, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó cambios al Código Civil Federal para que en la reparación del daño moral se considere el hecho ilícito de quien comunique, a través de cualquier medio tradicional o electrónico, un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causar deshonra, descrédito, perjuicio o exponer al desprecio de alguien.
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En otras palabras hace ilegal decir lo que sea de la persona que sea por cualquier medio siempre y cuando alguien considere que se siente deshonrado, desacreditado o expuesto al desprecio de una persona o de un grupo en particular.
La reforma no exime a algún medio de comunicación, por lo que podría incluir medios de alta penetración como radio o televisión, hasta mensajes escritos, comentarios en redes sociales o videos en internet.
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Las modificaciones a la fracción I del artículo 1916 fueron remitidas al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Se reconoce en la iniciativa que la libertad de expresión debe privilegiarse respecto de otros derechos, sin embargo, al igual que todo derecho, éste no es de carácter absoluto, sino encuentra su límite en el derecho al honor y a la imagen.
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Mientras la atención está centrada en el Senado, en San Lázaro aprobaron cambios al Código Civil Federal
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