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Lo que la Ley de Seguridad Interior sí es y lo que no será

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La crítica apasionada contra la Ley de Seguridad Interior (LSI) se basa en percepciones y no en el principio del derecho que establece que está permitido sólo lo que está escrito en la ley. La LSI es muy clara en lo que sí es: –La ley busca coordinación entre los poderes, las entidades y los […]


La crítica apasionada contra la Ley de Seguridad Interior (LSI) se basa en percepciones y no en el principio del derecho que establece que está permitido sólo lo que está escrito en la ley.
La LSI es muy clara en lo que sí es: –La ley busca coordinación entre los poderes, las entidades y los municipios.
–La seguridad interior está definida por la gobernabilidad democrática.
–La LSI se apoya en la existente Ley de Seguridad Nacional (LSN).
–Uso legítimo de la fuerza para “controlar, repeler o neutralizar actos de resistencia” en situaciones de violencia criminal.
–Reorganiza políticas, programas y acciones en función de la agenda de riesgos que establece la LSN.
–“Los actos realizados por las autoridades con motivo de la aplicación de esta ley deberán someterse, en todo momento y sin excepción, a la preservación irrestricta de los derechos humanos”.
–“Las movilizaciones de protesta social o las que tengan motivo políticoelectoral que se realicen pacíficamente de conformidad con la Constitución, bajo ninguna circunstancia serán consideradas amenazas de la seguridad interior ni podrán ser materia de declaratoria de protección a la seguridad interior”.
–La declaratoria de protección a la seguridad interior ocurrirá cuando “comprometan o superen las capacidades efectivas de las autoridades competentes” y cuando se originen “por la falta o insuficiente colaboración de las entidades federativas o municipios en la preservación de la seguridad nacional”.
–La declaratoria de protección a la seguridad interior “deberá notificarse por conducto de la Secretaría de Gobernación a la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como publicarse en el Diario Oficial y en los periódicos y gacetas de las entidades afectadas”.
–Las legislaturas locales podrán solicitar declaratoria de protección de la seguridad interior. Y tendrán que clarificar razones, amenazas, espacio territorial y la temporalidad de la declaratoria.
–En ningún caso las acciones de seguridad interior que lleven a cabo las Fuerzas Armadas se considerarán o tendrán la condición de seguridad pública.
–Las Fuerzas Armadas “sólo intervendrán mediante la emisión de una declaratoria de protección de la seguridad interior, cuando las capacidades de las fuerzas federales resulten insuficientes para reducir o contener la amenaza”.
–Para la recopilación de inteligencia alrededor de la amenaza a la seguridad interior las fuerzas federales y las Fuerzas Armadas “podrán hacer uso de cualquier método lícito de recolección de información” y toda la información “se realizará con pleno respeto a los derechos humanos”.
–El incumplimiento a la LSI por parte de la autoridad “será sancionado en los términos del sistema de responsabilidades y del sistema nacional anticorrupción”.
Así que ni golpe de Estado, ni soldados al lado de los votantes para intimidarlos.
La LSI acredita la incapacidad de las instituciones políticas, gubernamentales y policiacas para combatir a la criminalidad.
De ahí que la crítica a la LSI sea más esquizofrénica y responda a la lógica del avance del crimen organizado en las estructuras sociales y en la mentalidad política, como lo mostró Andrés Manuel López Obrador al proponer un pacto con los criminales.
Política para dummies: La política es, de todos modos, el arte de la mentira.