El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó ayer a España por violar el derecho a la intimidad de la cantante mexicana Paulina Rubio, al permitir que programas televisivos exhibieran sus preferencias sexuales y la relación con su novio de 2005, año al que se remonta el caso.
La sentencia publicada el martes dictamina que la fama de la cantante “no supone que sus actividades o conductas en la vida privada deban ser vistos como necesariamente de interés público”.
“El hecho que (Rubio) pudiera haberse beneficiado de la atención de los medios, no autoriza a las redes de televisión a difundir comentarios no verificados sobre su vida privada”, agregó la Corte, con sede en Estrasburgo, Francia.
Los siete magistrados que tomaron la decisión por unanimidad basan sus conclusiones en el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que garantiza el “derecho al respeto de la vida privada y familiar”.
En mayo de 2005, Paulina Rubio interpuso en un tribunal de Madrid una queja contra productores y presentadores de tres programas de la televisión española: Dónde estás corazón, Aquí hay tomate y Crónicas marcianas.
La cantante de 46 años alegó que habían violado su privacidad al difundir datos concretos de su novio, Ricardo Bofill, hijo de un conocido arquitecto español de mismo nombre.
La Corte madrileña descalificó la queja en 2007 al argumentar que las emisiones no afirmaron que Rubio inducía a su pareja a consumir drogas y que los comentarios sobre su orientación sexual no podían dañar su reputación, pues la homosexualidad “ya no debería ser considerada una vergüenza”.
La artista mexicana decidió recurrir al Tribunal Europeo luego de que tanto el Tribunal Supremo español como el Constitucional rechazaron sus apelaciones. No se fijó ninguna indemnización, porque Rubio no lo solicitó.
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